Turismo Experiencial Sostenible

Garganta del Infierno, Plasencia, Extremadura, España

Garganta del Infierno, Plasencia

El Turismo Experiencial es un término que engloba conceptualmente a otras denominaciones como Turismo Activo, Turismo Sostenible, Turismo de Aventuras, Turismo rural o Turismo Slow. La característica esencial de esta nueva tendencia es que se pretende cambiar la actitud pasiva de los turistas –algunos son capaces de permanecer impasibles durante seis o siete horas diarias tumbados en la arena de cualquier playa, a merced de la furia cancerígena de los rayos solares-, por otra en la que el viajero cobra protagonismo, cambiando su papel de espectador por el de actor, dando lugar a su participación activa en experiencias de aprendizaje.

Algunos ejemplos, como el enoturismo, los cruceros, la arqueología o el rafting pueden darnos una idea de cuáles van a ser las tendencias de estos servicios turísticos que, bien desarrollados, podrían salvar de la crisis este sector económico tan importante en España.

Pero he de advertir que la simple realización de estas actividades no las convierte en servicios de Turismo Experiencial. Para que sea así deben suponer la realización de actividades  de manera participativa, activa, que suponga una vivencia, una experiencia que haga sentir y que esté repleta de valores emocionales.

Esto conlleva una diversificación creativa de la oferta turística en la que se intentará huir de la llamada macdonald-ización (en el sentido de homogeneización) y de las experiencias superficiales y no directas en torno a la cultura. El Turismo Experiencial es sencillamente algo para interactuar con el entorno, algo para ser recordado y para ser contado.

El papel principal gira en torno a los temas sobre la Naturaleza, el Deporte, la Salud, el Ocio y la Cultura, pero la creatividad puede convertir esta modalidad en un vivero interminable de nuevas experiencias. En este blog ya se han recogido casos reales como la Dinamización de Museos o el Oleoturismo que encajan perfectamente dentro del concepto de Turismo Experiencial.

En cuanto al desarrollo legal de estas actividades en España, nos encontramos como siempre con 17 legislaciones diferentes, una por cada Comunidad Autónoma. Sin comentarios. Pero vamos a lo positivo.

Parque Nacional Tablas de Daimiel, España

Relax en Tablas de Daimiel

La regulación de las Comunidades Autónomas sobre este tipo de actividad debe ser acorde con la Ley 17/2009 de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Esta norma no es ni más ni menos que la trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios del mercado interior, llamada también Directiva de Servicios, la cual introdujo estos importantes principios generales:

1.- Libertad de establecimiento.

2.- Libre prestación de servicios.

3.- Refuerza los derechos y garantías de los consumidores.

4.- La inscripción obligatoria en el Registro General de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas se realizará con una simple comunicación previa y una declaración responsable referidas al inicio de la actividad y no mediante un régimen de autorización administrativa.

A partir de ahí, cada Comunidad Autónoma establecerá un batiburrillo de normas diferentes sobre seguros de responsabilidad civil, capacitaciones profesionales, homologaciones de equipos y materiales, comunicaciones y aprobación de las actividades a desarrollar, publicidad, contratos con los clientes, etc.

Es más el ruido que las nueces, pues ya veis que lo esencial es que existe libertad de establecimiento y libre prestación de servicios. En cuanto a la capacitación profesional, un simple carnet de guía turístico muy fácil de obtener, sería suficiente para ejercer la mayoría de las actividades del Turismo Experiencial. Otras, como las actividades de riesgo que se realizan en el Turismo Activo, necesitarán de capacitaciones profesionales especiales.

Caza fotográfica. Lobo

Actividad de caza fotográfica. Lobo

Por desgracia, -otra vez-, cada Comunidad Autónoma tiene un enfoque diferente, así que se deberá bucear específicamente en la normativa de cada una de ellas. Por poner un ejemplo, en la Comunidad Valenciana estos servicios turísticos se regulan por el Decreto 22/2012 de 27 de enero. Pero solo se refiere a Turismo Activo, y lo reconoce como la prestación mediante precio de actividades de entretenimiento, aventura, deportivas, culturales y cualesquiera otras de esparcimiento y ocio. Sin embargo, el Principado de Asturias, a través de su Consejería de Cultura y Turismo, ha regulado este mismo tipo de actividades mediante la Resolución de 19 de mayo de 2011 por la que se aprueban los Programas de Turismo de Experiencias.

Además, en esta normativa asturiana se desarrolla con mucha más precisión los diferentes tipos de Turismo de Experiencias, y da a entender que la lista no está acabada. Esta es la división que realizan:

-Empresas de turismo activo.

-Empresas de turismo gastronómico.

-Empresas de turismo cultural.

-Empresas de turismo industrial, científico y tecnológico.

-Empresas de turismo de naturaleza.

-Empresas de turismo de ocio, salud y belleza.

-Otras modalidades de turismo de experiencias (infinitas posibilidades, diría yo).

Feria anual de ganado en Dolores, Alicante, España

Feria de ganado en Dolores, Alicante

Sólo me queda decir que para hacer que esta actividad sea sostenible, es decir, enfocarla como Turismo Experiencial Sostenible, bastaría aplicar alguno de los principios esenciales del Desarrollo Humano Sostenible, especialmente en lo que se refiere a convertirla en un proyecto personal de vida y servirse principalmente de los recursos locales de una forma sostenible.

¿Alguien se anima a dar ideas? La imaginación al poder. ¡Ah!, el poder de la imaginación……..

 

 

5 comentarios a: Turismo Experiencial Sostenible

  • Maria José

    Hace tiempo que sigo tu blog como suscriptora vía correo electrónico, y sinceramente te digo que me sorprendo con cada nueva entrada. No sólo están magníficamente escritas, de un modo claro, conciso y ameno, si no que recogen información muy valiosa para mi trabajo y su tono crea el clima propicio para el emprendimiento y la creación.

    Estoy preparando un proyecto de Turismo Rural para cuya dinamización contaremos también con la fórmula del turismo experiencial, ofreciendo al visitante actividades variadas relacionadas con el patrimonio, la vida tradicional, la naturaleza, etc.
    No tengo formación específica como Guía Turístico, y me interesaría mucho conseguir el carnet de guía que mencionas en tu última entrada sobre turismo experiencial. ¿Puedes asesorarme?

    • Jotapgarrido

      Hola Mª José, gracias por compartir tu pregunta en estos comentarios para que la respuesta pueda llegar a todos los interesados por este tema.

      Esto me hace recordar viejos tiempos: A principios de los ochenta, nada más acabar mis estudios de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, recibí en un mismo día tres ofertas de trabajo (¡!) Una era como recepcionista de un hotel de tres estrellas en Alicante, otra como director de una sucursal de Agencia de viajes en Elche, y la tercera como Guía intérprete en las Cuevas de Canalobre en Busot (Alicante)….y no fuí el único, había trabajo para todos. Contada la anécdota, volvamos a la época actual. Una época en la que nos toca reinventarnos. Veámoslo como una gran oportunidad.

      Volviendo a tu pregunta, entiendo que alrededor de este tema se suscitan dos cuestiones principales:

      1.-La habilitación para ejercer de Guía de Turismo, la cual está transferida a las Comunidades Autónomas según nuestra Constitución y por otro lado ha sido influenciada por la legislación Comunitaria de la UE.

      2.-La habilitación para ejercer el conjunto de actividades o servicios turísticos comprendidos en lo que hemos llamado Turismo Experiencial.

      Una vez desentramado el tema no resulta complejo, y yo diría que resulta alentador. Lo que ocurre es que la respuesta está un poco perdida en la maraña legislativa. Como considero merece la pena que sea debidamente explicado, lo desarrollaré en mi próxima entrada que será publicada durante el próximo fin de semana.

      Un saludo cordial.

      Aprovecho la ocasión para animaros a hacer preguntas en esta sección de comentarios. Procuraré responder en la medida de mis conocimientos. Y si no,seguro que habrá alguien que pueda echarnos una mano.

  • Mª Concepción

    Es increíble ver el tono que va tomando este blog y sus consecuencias. Yo tengo la gran suerte de vivir en Alicante y tener a Trini cerca. Para mí no sólo es claro, conciso y ameno como muy bien expresa Mª José, sino que es una gran ventana abierta al estímulo para seguir adelante en la consecución de mi proyecto de vida que no difiere mucho del que nos comenta esta amiga seguidora.
    Esta amplia y clarificadora explicación que nos has dado sobre el turismo experimental sostenible me sirve de guía para seguir trabajando en ese sueño a realizar. Gracias por toda tu información y formación.

  • Alicia

    Buenos días J!
    Enhorabuena por tu trabajo, es de admirar que alguien dedique tiempo a informar a los demás sin cobrar por ello :)

    Te escribo por mi caso, soy residente en Madrid y tengo experiencia en un sector concreto que no son ni museos, ni monumentos,… ¿Para ejercer mis servicios de guía en el sector gastronómico, necesito un carnet oficial de guía turistico? Bien, podría acceder a “el título de guia de turismo experencial” sin necesidad de obtener el anterior nombrado?

    Obviamente, sería freelance!

    Un abrazo y gracias por la información

  • Jotapgarrido

    Gracias por leer mi Blog, Alicia.

    Respecto a tu pregunta te diré que no existe el título de guía de turismo experiencial, y espero que no exista nunca, o que por lo menos que no sea obligatorio para ejercer una profesión. Si vas a ejercer fuera de los museos o monumentos comprendidos en los Catálogos o Registros de Bienes de Interés Cultural de cada Comunidad Autónoma, el ejercicio de la profesión es libre. Puedes darte de alta en Hacienda como Asesora Cultural, Educadora Ambiental, Consultora, Informadora o Experta en Gasgronomía. Da igual, ponle tú el nombre y en Hacienda te dirán a qué epígrafe corresponde.

    MUY IMPORTANTE:

    1.- No es necesario tener títulos para ejercer una profesión (solo algunas lo requieren, como médico, arquitecto, abogado, etc.)

    2.- Para trabajar por tu cuenta como Freelance, Autónomo, o como quieras llamarlo NO HACE FALTA NINGÚN TÍTULO en la inmensa mayoría de los casos. Lo que hace falta es SABER HACER.

    3.- No hace falta ni siquiera llamar a esta actividad “guía turístico”. Es una actividad cultural, didáctica, gastronómica, o mil cosas más, y pódrá ir quien quiera, sea turista o no. No seamos prisioneros de las normas ni de las denominaciones de las cosas.

    4.- Perdamos el miedo a no tener un “título”. ¿Sabes lo que hacen las empresas cuando reciben un currículum?: va a la papelera. Lo que quieren las empresas es que demuestres que sabes hacer algo. Y si sabes hacer algo, es lógico que te plantees las dos alternativas: o trabajas para otro o para tí mismo. Este es el primer dilema que ha de vencer alguien que piense en el Autoempleo Sostenible.

    Te deseo lo mejor. Un saludo muy cordial.

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